PLAN INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES

ENCUADRE LEGAL

En virtud de la Resolución 4043/09, y las Disp. 107/10 y 123/15, el Equipo Directivo junto al CAI (Res.4044/09)) y el conjunto de los actores institucionales, avalan el siguiente documento. 

El Plan forma parte integral del Proyecto Curricular Institucional (PCI) y, por tanto, las propuestas de evaluación de las unidades curriculares han de ajustarse al mismo.

El Régimen Académico, incorpora en su estructura formal los siguientes componentes: 

A) Ingreso 

B) Trayectoria Formativa 

C) Permanencia y Promoción

A) El ingreso, como primera instancia de la trayectoria del estudiante en la Educación Superior, deberá a su vez regular aspectos legales administrativos e institucionales. Estos deberán propender a garantizar las siguientes condiciones: 

a) ingreso directo (La Escuela de Arte de Luján, ha iniciado oportunamente un ordenamiento que, formalizado, ha posibilitado a todos los estudiantes, un ingreso más democrático y justo a la formación de grado, tendiendo a una educación para todos, inclusiva, con criterios de permanencia, contención y retención – DISPO 2023-85- GDEBA-DEARDGCYE.

b) no discriminación y 

c) igualdad de oportunidades y 

d) nueva organización de responsabilidades inherentes al proceso formativo que vincula a docentes y estudiantes. 

Será condición para la inscripción haber cursado estudios secundarios completos. En este sentido se fija hasta el 31 de mayo del año de la inscripción, como plazo límite para la presentación de la documentación respaldatoria.

B) Las trayectorias formativas deben aportar a dos construcciones: 

En el caso de la formación docente:

– el posicionamiento docente en la comunidad, en el campo y el sistema educativo. 

  – la recuperación del sentido de la docencia en nuestras sociedades en crisis y en contextos de transformaciones culturales continuas 

En el caso de la formación técnica:

  – la redefinición del sentido de la formación técnica articulada con los contextos socioproductivos a nivel regional y local. 

Se deberán incluir en el Régimen Orgánico Institucional, definiciones de participación y reconocimiento de experiencias en tres ejes: 

– Dimensión Curricular 

– Política Estudiantil 

– Dimensión Organizacional.

En síntesis, las trayectorias formativas deben contribuir a una mayor autonomía estudiantil, a su integración social crítica, otorgándole centralidad a través de la activa participación grupal, institucional y comunitaria.

C) Permanencia y Promoción:

La permanencia de los estudiantes refiere a las condiciones académicas requeridas para la prosecución de los estudios en el nivel. 

Es condición para la permanencia como estudiante regular: 

∙ acreditar al menos 1 (una) Unidad Curricular por año calendario. 

∙ Renovar su inscripción como estudiante anualmente. 

∙ Cumplir con el porcentaje de asistencia requeridos en las cursadas según régimen adoptado. 

La promoción refiere a las condiciones de acreditación y evaluación de las unidades curriculares; el régimen de calificación, el de equivalencias y correlatividades. 

∙ La promoción se realizará por cada unidad curricular (materia, Espacio de Definición Institucional, Práctica docente y profesional, talleres, seminarios, ateneos entre otras) que conformen los diseños o Planes de Estudios de las carreras. 

∙ El trayecto de evaluación comprenderá instancias de seguimiento a lo largo de la cursada y una instancia final de cierre. 

∙ Se utilizará el sistema de calificación decimal de 1 (uno) a 10 (diez) puntos. 

o Para acreditar cada unidad curricular, el estudiante deberá obtener una calificación de 4 (cuatro) o más puntos, salvo lo previsto para la acreditación sin examen final, en cuyo caso el estudiante deberá obtener una calificación no menor a 7 (siete) puntos. 

o Los profesores deberán entregar a los estudiantes, al iniciar el curso, el proyecto de la unidad curricular que dé cuenta de los trabajos prácticos y evaluaciones previstos, con los correspondientes criterios de aprobación. Asimismo, deberán realizar devolución, de los resultados obtenidos en las evaluaciones, especificando logros, dificultades y errores, en los plazos definidos en los acuerdos institucionales. 

o Los estudiantes realizarán la inscripción para las instancias de acreditación por unidad curricular sin más límites que las respectivas correlatividades.

CALIFICACIÓN, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y ACREDITACIÓN.

LA EVALUACIÓN:

Se puede decir que es una actividad inherente a toda actividad humana intencional, por lo que debe ser sistemática, y que su objetivo es determinar el valor de algo (Popham, 1990). 

Calificar, por tanto, es una actividad más restringida que evaluar. La calificación será la expresión cualitativa (apto/no apto) o cuantitativa (10, 9, 8, etc.) del juicio de valor que emitimos sobre la actividad y logros del alumno. 

En este juicio de valor se suele querer expresar el grado de suficiencia o insuficiencia, conocimientos, destrezas y habilidades del alumno, como resultado de algún tipo de prueba, actividad, examen o proceso. 

Se evalúa siempre para tomar decisiones. No basta con recoger información sobre los resultados del proceso educativo y emitir únicamente un tipo de calificación, si no se toma alguna decisión, no existe una auténtica evaluación. Así pues, la evaluación es una actividad o proceso sistemático de identificación, recogida o tratamiento de datos sobre elementos o hechos educativos, con el objetivo de valorarlos primero y, sobre dicha valoración, tomar decisiones (García Ramos, 1989). 

Situación inicial del grupo:

A los fines de elaborar un diagnóstico que permita tomar las decisiones necesarias para llevar adelante la propuesta pedagógico-didáctica del espacio.

  • Reconocer aquellos factores que potencian u obstaculizan la construcción de conocimientos.
  • Obtener información actualizada y pertinente acerca de la marcha del proceso a fin de brindar

las ayudas oportunas y realizar las correcciones didácticas necesarias.

  • Brindar la información necesaria a los alumnos para que puedan estos llevar adelante las actividades de aprendizaje que les posibiliten el logro de los objetivos y respetando sus inquietudes.
  • Elaborar actividades acordes al grupo, donde se tengan en cuenta las particularidades del mismo.
  • Posibilitar el desarrollo de procesos de coevaluación y autoevaluación.
  • Implementar propuestas que tengan como eje al alumno, donde se contemple a la evaluación como una instancia más en el proceso de construcción de conocimientos.
  • Desarrollar estrategias de devolución de los resultados que generen verdaderas posibilidades en torno a la reconstrucción de los aprendizajes.

Antes del inicio del ciclo lectivo deberán registrarse los acuerdos realizados a nivel institucional en torno a la evaluación, planificando, en el marco de esta disposición, procesos que contemplen las particularidades y dificultades en la trayectoria del estudiantado. 

Una vez aprobado y antes de iniciadas las cursadas, debe ser comunicado al estudiantado, en forma fehaciente.

*Criterios de Evaluación

Los criterios de evaluación (García, 2010, p. 81) son los principios, normas o ideas de valoración en relación a los cuales se emite un juicio valorativo sobre el objeto evaluado. 

  • Deben permitir entender qué conoce, comprende y sabe hacer el alumno, lo que exige una evaluación de sus conocimientos teóricos, su capacidad de resolución de problemas, sus habilidades orales escritas, sociales y procedimentales, etc.
  • Para cada contenido determinar que competencias se esperan desarrollar y establecerle un criterio de evaluación. 

•    Especificar claramente el tipo y grado de aprendizaje que se pretende que el alumno alcance. Deben hacer referencia a aprendizajes relevantes, entendiendo como tales, aquellos necesarios para que el alumno avance en dicho proceso. 

*(Los Criterios de Evaluación del Aprendizaje en la Educación Superior The Evaluation Criteria of Learning in Higher Education Abel Federico Pérez Hernández*-Cristian Janet Méndez Sánchez-Pedro Pérez Arellano- Héctor Manuel Yris Whizar)

Acreditación:

La acreditación, es el acto por el cual la institución reconoce que el estudiante ha adquirido los conocimientos relativos al proyecto de cátedra de cada docente, en virtud del Diseño Curricular vigente. 

La acreditación final de una unidad curricular (espacio, perspectiva, asignatura) otorga el carácter de aprobación definitiva de la misma. 

En Educación Artística se propone que cada institución implemente para la evaluación y acreditación de saberes, un sistema de reconocimiento de espacios de formación con características particulares tales como: 

1. Talleres de producción artística, 

2. Participación en proyectos de extensión: grupos de teatro, de danza, de música, coros, realización de muestras, 

3. Articulaciones con otras instituciones de arte para asistir a exposiciones, espectáculos y ensayos. 

4. Experiencias educativas con la comunidad, 

5. Asistencia a seminarios, encuentros, charlas, congresos, entre otras alternativas.

Para acreditar cada unidad curricular, el estudiante deberá obtener una calificación de 4 (cuatro) o más puntos, salvo lo previsto para la acreditación sin examen final, en cuyo caso el estudiante deberá obtener una calificación no menor a 7 (siete) puntos en cada cuatrimestre.

Aprobación de las instancias de evaluación previstas con nota mínima de 4(cuatro) puntos para acceder a la instancia de acreditación con examen final o de 7 (siete) puntos para la promoción sin examen final, por lo tanto para poder promocionar, el estudiante no puede sacar una nota menor a 7(siete) en ninguna de las instancias evaluativas (Trabajos prácticos, parciales escritas, orales, etc.) que se tomen en cada uno de los cuatrimestres del ciclo lectivo.

MODALIDAD DE LA CURSADA

Régimen de cursada presencial

En Educación Artística el estudiante deberá cumplir con los siguientes requisitos: 

∙ Asistencia al 80% de clases de unidades curriculares y práctica de campo docente y profesional.

∙ Aprobación de instancias de evaluación previstas con nota mínima de 4 (cuatro) puntos para acceder a la instancia de acreditación con examen final o de 7 (siete) puntos para la promoción sin examen final. 

Los estudiantes que accedan al recuperatorio (1 (uno) por cuatrimestre), pierden la posibilidad de promoción.

El estudiante que se ausente por diversas causas (enfermedad, llegada tarde por transporte, etc.) en una instancia de evaluación prevista, accede a recuperatorio automáticamente, pero sin posibilidad de acreditar sin examen final obligatorio (PROMOCIÓN).

El porcentaje de asistencia requerido anteriormente podrá ser reducido si el Consejo Académico Institucional considera justificada las inasistencias por razones de salud, laborales y/o socioeconómicas (reincorporación).  En estos casos el estudiante deberá cumplimentar las actividades que indique el docente para regularizar su situación académica. 

Cada Instituto podrá definir en el Plan de Evaluación Institucional de los Aprendizajes un sistema de acreditación sin examen final que no podrá exceder del 50% de las unidades curriculares previstas por año, fundamentando y explicitando los criterios y dispositivos a utilizar en estos casos.

Régimen de cursada semi-presencial

Las instituciones de Educación Artística, a través de un Proyecto Específico que integrará el Proyecto Institucional en su Dimensión Curricular, podrán proponer la semipresencialidad como alternativa de cursada en no más del 20% de las materias establecidas por año en el diseño curricular.

El Proyecto deberá fundamentar la elección de la modalidad y las condiciones de desarrollo que podrá tener la cursada: clases presenciales, encuentros, tutorías, presentación de trabajos. 

El Proyecto será tratado en el Consejo Académico Institucional y deberá estar avalado por la supervisión. Las unidades curriculares que se propongan con régimen semipresencial, deberán especificar en sus programas las cargas horarias presenciales, los encuentros y/o tutorías, la cantidad de trabajos a realizar, los plazos de entrega, recuperatorios, trabajos finales y toda otra instancia pertinente para la aprobación de la asignatura. 

Esta modalidad podrá ser adoptada tanto por asignaturas de promoción directa como indirecta.

Régimen de estudiante libre

Al inicio de cada ciclo lectivo, el estudiante podrá inscribirse como libre hasta en un 30% de las unidades curriculares “con formato materia”, establecidas por año calendario, durante las fechas establecidas en el mes de abril. Quedan exceptuados los talleres y la Práctica Docente.

En Educación Artística, en los casos que los estudiantes hayan cursado una/s unidad/es con modalidad presencial o semipresencial y deban volver a cursarla en el ciclo lectivo siguiente, podrán optar por este régimen independientemente del porcentaje establecido. 

Quedan exceptuados de este régimen los Talleres, Seminarios, Ateneos, Espacios de Definición Institucional y los Campos de la Práctica docente y de la Práctica Profesional. 

En el caso de haberse cerrado la carrera o cambiado el plan de estudios, la evaluación final se ajustará al programa desarrollado en el último año en que se dictó la unidad curricular.

Para el caso de aquellos alumnos que habiéndose inscripto como alumnos regulares, hubiesen quedado libres o desaprobado en todas las instancias, el Consejo Académico Institucional, promoverá un plan de retención permitiéndole rendir libre con el fin de favorecer la continuidad de estudios. Dispo. 123/15-.

Acreditación sin examen final

La Escuela de Arte de Luján, define en este Plan de Evaluación Institucional de los Aprendizajes un sistema de acreditación sin examen final que no podrá exceder del 50% de las unidades curriculares previstas por año, fundamentando y explicitando exhaustivamente los criterios, formas y dispositivos a utilizar en estos casos. 

Las propuestas de los docentes se considerarán en el CAI el que avalará su implementación (fecha límite de entrega de proyectos hasta el 27 de marzo del corriente.

Los estudiantes que no alcanzaren la calificación estipuladas precedentemente y obtuvieran 4 (cuatro) puntos como mínimo, pasarán automáticamente al sistema de cursada con examen final.

PERIODOS PARA ACREDITACIÓN FINAL

La institución organizará tres turnos de acreditación final al año, en noviembre/diciembre, febrero/marzo y julio/agosto, con un mínimo de 5(cinco) llamados anuales, distribuidos en los tres turnos mencionados. El alumno sólo podrá presentarse a un llamado por turno.

La instancia Final será escrita u oral según lo determine el profesor.

En caso de cambio de docente que hubiera dictado un espacio, el alumno deberá reunirse con el nuevo docente a cargo, a fin de acordar los contenidos y bibliografía.

Cuando se suspenda una mesa debido a que el docente haya adherido a una medida gremial, ésta será reprogramada.

Cuando una mesa ha sido cerrada y esta es reprogramada por algún motivo, sólo podrán rendir en la nueva fecha quienes hayan estado inscriptos antes del cierre de la misma.

Para la instancia de acreditación como libre, el estudiante deberá anotarse como regular en la asignatura y aparecerá en la lista como (LIBRE), al momento de inscribirse en las mesas finales de noviembre-diciembre o febrero-marzo, podrá optar solamente por uno de los turnos, siendo la inscripción en el mes de abril.

DE LA VALIDEZ DE LA CURSADA DE CADA UNIDAD CURRICULAR

La aprobación de la cursada tendrá una validez de 5 (cinco) años, considerando como año de aprobación el del ciclo lectivo en el que cursó el espacio referido

Pasados 2 (dos) años de la aprobación de la cursada, la evaluación final se ajustará a la propuesta de cátedra vigente al momento de la presentación del estudiante a la instancia de acreditación.

Debido a la Pandemia del Covid 19 (marzo 2020) que afectó la presencialidad de todo el sistema educativo nacional, La Comunicación Conjunta 4/21 (sobre la validez de las cursadas), prescribe:

Validez de la cursada: no contabilizará en los años 2020 y 2021. (a través de CC 1872/20, incorporación del proceso de “unidad temporal 2020-2021” al proceso jurisdiccional “ciclo lectivo”, a los fines de instrumentar la intensificación, evaluación, acreditación y/o promoción de los aprendizajes, organizado conforme las definiciones de la Resolución del Consejo Federal de Educación N° 366/20).

Se aplicará el mismo criterio respecto de la validez de la Propuesta de Cátedra y para la caducidad de los Diseños Curriculares.

CADUCIDAD DE LOS PLANES DE ESTUDIO O CIERRE DE CARRERAS

Remitirse al Régimen Académico Institucional.

DE LOS ESTUDIANTES QUE INGRESEN POR PASE

Remitirse al Régimen Académico Institucional.

DE LAS EQUIVALENCIAS

Remitirse al Régimen Académico Institucional.

Versión 2. Corregida y aprobada por El Equipo Directivo, el CAI el viernes 15 de marzo de 2024.

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