Equivalencias

EQUIVALENCIAS 

PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE EQUIVALENCIAS  2026 DEL 16 de MARZO AL 30 DE ABRIL

RAM 4196/24 CAPITULO 10

10.1 Equivalencia automática
Se otorgará equivalencia automática cuando se trate de unidades curriculares con la
misma denominación y contenidos en los planes de estudio de las carreras vigentes en
la jurisdicción.

Pautas para solicitud y acreditación de unidades curriculares por equivalencia
automática
● Solicitar mediante nota firmada, en la secretaría del instituto, antes del 30
de abril de cada año, el reconocimiento de equivalencias de unidades
curriculares acreditadas en la misma o en otra institución del nivel
superior de la jurisdicción
● Acompañar la solicitud con el certificado analítico de estudios realizados
● Cursar la unidad curricular cuya acreditación se solicita por equivalencia,
hasta tanto se le confirme fehacientemente que se le otorgó lo solicitado.
Funciones de la institución en el proceso de solicitud de equivalencias
● Informar a las y los estudiantes sobre el proceso de solicitud de
equivalencias durante el período de inscripción anual.
● Dentro de los 72 hs hábiles de recibida la documentación, el equipo
directivo resolverá la solicitud y notificará a la o el estudiante. En caso de
la denegación por no ser igual denominación y contenido según los
diseños curriculares de la jurisdicción, se orientará para que la persona
interesada realice el procedimiento indicado en el ítem 12.2
● Confeccionar el acta de aceptación/denegación de equivalencia
automática.
● Registrar en el Libro de Equivalencias del establecimiento.
10.2 Equivalencia total o parcial
Se podrán acreditar unidades curriculares mediante equivalencia. La equivalencia de UC
podrá ser completa o parcial. En ambos casos, se ponderan los saberes acreditados en
carreras del nivel superior reconocidas.
Pautas para solicitud y acreditación de unidades curriculares por
equivalencias
Para solicitar la acreditación por equivalencia, la/el estudiante deberá:
● Solicitar mediante nota firmada, en la secretaría del instituto, antes del 30
de abril de cada año, el reconocimiento de equivalencias de unidades
curriculares acreditadas en la misma institución o en otra institución
educativa de Nivel Superior reconocida oficialmente.
● Acompañar la solicitud con el certificado analítico de estudios realizados y
los programas que correspondan, en los que conste carga horaria,
contenidos y bibliografía, de las unidades curriculares en las que solicita
equivalencia.
● La documentación deberá estar foliada, con firma y sello de las
autoridades de la institución emisora.
● Cursar la unidad curricular cuya acreditación se solicita por equivalencia,
hasta tanto se le confirme fehacientemente que se le otorgó lo solicitado.
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● Cumplir con los requerimientos académicos que se establezcan en el caso
de una equivalencia parcial.
Funciones de la institución en el proceso de solicitud de equivalencias
● Informar a las y los estudiantes sobre el proceso de solicitud de
equivalencias durante el período de inscripción anual.
● Dentro de los diez días hábiles de recibida la documentación, el equipo
docente deberá analizar la propuesta pedagógica presentada por la o el
estudiante y emitir criterio, debidamente fundamentado, respecto del
otorgamiento de la acreditación total o parcial o bien del rechazo de la
solicitud.
● Confeccionar el acta de aceptación/denegación de equivalencia
● Si la equivalencia es total, se registrará en el Libro de Equivalencias del
establecimiento.
● Si la equivalencia es parcial, deberán consignar las características del
trayecto de acreditación y la fecha para una entrevista consignando día y
hora. Todo esto no deberá exceder la finalización del ciclo lectivo.
Deberá labrarse el acta respectiva de todo lo actuado en esta equivalencia
parcial e informar por escrito a la o el estudiante las condiciones y plazos que
debe cumplir.
Una vez cumplimentadas las acciones complementarias del trayecto de
acreditación, en los plazos correspondientes, se registrará la aprobación de la
equivalencia en el Libro de Equivalencias del establecimiento, consignando
Acreditado por Equivalencia y la calificación numérica según correspondiere
a la decisión tomada por el equipo docente.
En caso de desaprobar las acciones complementarias del trayecto de
acreditación o de no presentarse, se hará constar esta situación en el Libro de
Equivalencias.
● Confeccionar el acta de aceptación/denegación de equivalencia
automática.
● Registrar en el Libro de Equivalencias del establecimiento.

Documentación a presentar:
Planilla I A14
Fotocopia del DNI
Fotocopia del certificado analítico
Certificado de las materias aprobadas donde conste:
Libro-Folio-Nota y fecha de aprobación de la materia solicitada certificada por autoridad competente (todo en un folio)
Un folio por materia solicitada donde se presente:
La planilla II A14a (debidamente cumplimentada una por asignatura solicitada)
Fotocopia del programa de la materia aprobada y de la materia solicitada.