PARA CONFORMAR EL LEGAJO DE LOS ALUMNOS DEBERAN PRESENTAR:
- Fotocopia de DNI
- Fotocopia de titulo secundario o certificado si estás terminando de cursar.
- 2 fotos carnet
- Certificado Psicofìsico pag 1 y 2 (descargar aqui)
- Ficha Foniatrica (descargar aqui)
- Antitetánica
- Poseer titulo y/o certificado de estudios habilitante para el nivel o carrera, registrado en la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Bs. As, salvo el supuesto previsto para los aspirantes extranjeros.
Aprobar el Curso Inicial. Los aspirantes, serán inscriptos como alumnos conforme el resultado del orden de mérito, hasta tanto quedarán pre-inscriptos. Para los Servicios dependientes de la Dirección de Educación Artística la aprobación del Curso como condición de ingreso será resuelto por la misma.- Acreditar actitud psicofísica, mediante certificado expedido por autoridad competente. El ingreso a carreras que por su especificidad requieran condiciones psico-físicas determinadas, se regirá por Disposiciones que atenderán los aspectos vinculados al diseño curricular de la carrera.
- Presentar fotocopia del certificado de estudios registrado o de constancia original de título en trámite, fotocopia de las dos primeras páginas del DNI y dos fotografías 4×4, en el momento de la matriculación, el que no podrá extenderse más allá del 30 de marzo. Los alumnos extranjeros se ajustarán a los fines de su matriculación a lo que resulte de los convenios vigentes en la materia y a la legislación aplicable para ellos.
- Los aspirantes que posean títulos expedidos en el extranjero se ajustarán a lo establecido en los convenios internacionales vigentes.
- Los aspirantes extranjeros se ajustarán a lo establecido en las leyes y reglamentaciones nacionales vigentes, dejándose establecido que la posibilidad de cursar estudios no trae aparejado para los mismos el derecho al ejercicio profesional, quedando supeditado el ejercicio de la docencia u otras profesiones a lo establecido por las legislaciones de aplicación en cada caso.
- Para los Servicios de Gestión Privada deberán cumplirse las pautas administrativas fijadas por la reglamentación especifica.